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La Ley Trans afecta a todos los niños

  • Foto del escritor: diegovelascosuarez
    diegovelascosuarez
  • 4 ago 2019
  • 5 Min. de lectura

Se podría pensar que la Ley Integral para Personas Trans, N° 19.684, podría afectar sólo a un número menor de niños: aquellos que tienen disforia de género, que se autoperciben en un sexo distinto al que corresponde a su biología. Sin embargo, si se ve la relación de esta norma con la Educación (con los Programas oficiales obligatorios, las guías didácticas para aplicarlos, los documentos empleados en la formación de los docentes y con lo afirmado por las autoridades educativas), queda claro que esta ley es la justificación que se alega para imponer, a todos los niños, de escuelas públicas y privadas habilitadas, una única concepción de la sexualidad: la teoría de género.


Como queda claro en esos materiales, esta teoría o perspectiva considera que los niños no son varones o mujeres, sino que son lo que quieran ser; que sus padres le "asignaron un sexo al nacer", pero que tienen derecho a elegir otro, independientemente de su anatomía, biología, etc. (art. 1 de la ley). Si no, quedarían dominados y limitados por la sexualidad patriarcal hegemónica, instaurada por los varones para dominar a las mujeres a través de la maternidad, que ha "naturalizado" la sexualidad binaria (varón - mujer), a través de la familia, el matrimonio, la moral, el derecho, la medicina, las religiones, agentes represores que han presentado que lo natural y, por tanto, normal y bueno, es que la sexualidad esté ordenada a la reproducción y, para eso, se debe limitar al matrimonio. Por eso, las mujeres quedan dominadas: no son dueñas de su cuerpo, que es para sus hijos y su marido; los homosexuales, trans, etc., son segregados como antinaturales, generando la discriminación; y se invisibiliza la sexualidad de los niños (pues tienen que esperar a casarse). Con eso, se limita el placer sexual, que es el que permite adueñarse del propio cuerpo para sí mismo.


Por eso, el Programa de Educación Iinicial y Primaria establece que, de los 3 hasta los 10 años, los niños deben ser problematizados en su identidad y orientación sexual, han de experimentar todas las formas de placer (sin limitarse a los órganos genitales) e identidades sexuales, para desnaturalizar la sexualidad binaria que han recibido por las tradiciones. De esta forma, podrán elegir libremente su identidad, a los 10 años (5° grado de Primaria), sin estar condicionado por el sexo que "le hayan asignado al nacer", para limitarlo en su identidad y en sus roles.


La elección tiene que hacerse a esa edad porque tiene que ser antes de la pubertad, porque después "viene todo el problema hormonal", según afirmó una autoridad de la ANEP. Para que la elección no esté condicionada por sus hormonas naturales, a partir de esa edad, según esta Ley, el niño tendrá derecho a hacerse el bloqueo hormonal (así lo recomienda la Guía de Hormonización del MSP que se aplica desde 2016, pero que ahora tiene la autoridad de la Ley, porque ésta se remite a aquella a través del Decreto Reglamentario). Después, a los 16 años, podrá hacerse tratamientos con hormonas del sexo al que quiere migrar. Y, por último, podrá realizarse intervenciones quirúrgicas. Todo ello, como parte del derecho a la identidad sexual: éste incluye el derecho de ser reconocido según el sexo autopercibido en los documentos de identificación y el derecho a los tratamientos de adecuación del cuerpo y sus funciones al sexo en el que cada uno se autopercibe.


Todos estos "nuevos derecho" los podrá ejercer el menor aún contra la voluntad de sus padres, conforme a esta Ley. Y ello refuerza la decisión de las autoridades educativas de desconocer el derecho de los padres de cuidar y educar a sus hijos de conformidad con sus convicciones morales y religiosas.


¿Cuál será la consecuencia? Que todos los niños quedarán expuestos, sin la protección de sus padres, a ser problematizados, con el daño psicológico que ello implica, desde los 3 años; que crecerá el número de niños con disforia de género (no hay más que ver lo que ha sucedido en países en los que se ha implementado un plan similar, como es el caso del Reino Unido, según manifiesta la investigación realizada por The Times, publicada el pasado 8 de abril de 2019),

Y, al facilitarles los bloqueos y tratamientos hormonales gratuitos, se impedirá que el baño de hormonas que naturalmente se da en la pubertad lleve, en el 85% de los casos, a la realineación con su sexo biológico al término de la adolescencia; y con ello, se está condenando a esos menores a tener una serie de consecuencias negativas para su salud física, su capacidad generativa y su salud psicológica, pasando a tener 20 veces más chances de suicidio.


Todo esto, a espalda de los padres, según la praxis de la ANEP y la "justificación" que le otorga esta ley.


Obviamente, estos derechos de los padres son anteriores al Estado y a cualquier ley positiva; son derechos humanos reconocidos (no otorgados) por nuestra Constitución (artículos 41 y 68) y por las normas internacionales de Derechos Humanos (artículo 26 inciso 3° de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, el artículo 12, inciso 4° de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el artículo 13.3 y 18.4 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU y los artículos 5 y 18.1 de la convención sobre los Derechos del Niño Declaraciones de Derechos Humanos). Esta ley no puede ir contra estos derechos, pero es claro que eso es lo que pretende, para poder adoctrinar a los niños en esta ideología contra la voluntad de los padres.


Y esta enseñanza de acuerdo a esta concepción de la sexualidad "consagrada legalmente", según aclara el CODICEN, se considera competencia exclusiva de la ANEP, es un poder-deber que ejercerá tanto respecto a las instituciones públicas como privadas, porque no admite que pueda "sectorializarse la educación", dando contenidos diferentes a distintos grupos de estudiantes, según las convicciones que tengan sus padres, lo cual sería, además, "privatizar" la educación pública.


Aquí está la gravedad de esta ley, su potencialidad dañosa: que se está utilizando para imponer a TODOS LOS NIÑOS DEL URUGUAY esta ideología anticientífica y contraria al sentido común, que, pretendiendo "liberar" a los niños de los estereotipos transmitidos en sus familias. Los utiliza como conejillos de indias para un experimento de ingeniería social que sigue intereses colonizadores ideológicos y económicos foráneos, funcionales a determinados fines políticos. Y se olvida de que quienes, en principio, más quieren la felicidad de sus hijos son sus padres; que es en el interés superior del menor que éstos tienen derecho a ser cuidados y educados por sus padresj. Sólo en el caso de que los padres no cumplan con este deber puede el Estado meterse en ese "sagrado inviolable" de la familia, para garantizar los derechos humanos fundamentales de los hijos, previo juicio de pérdida o suspensión de la patria potestad, con las garantías procesales de un juicio imparcial, según lo establece nuestro Derecho, para evitar toda invasión totalitaria del Estado.

Diego Velasco Suárez


 
 
 

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